Universidad del Zulia

Artículo 8: Inclusión

Las instituciones de educación universitaria garantizarán a todos los ciudadanos y ciudadanas igualdad de condiciones para el ingreso, prosecución, rendimiento y egreso de la educación universitaria. En consecuencia, tendrán la responsabilidad social de promover políticas de mayor cobertura educativa en beneficio de los grupos históricamente marginados. Las instituciones de educación universitaria, en coordinación con el resto de los órganos del sistema educativo, proveerán los servicios de orientación apropiados para favorecer la adecuada inserción del estudiante en el subsistema de educación universitaria.

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